INFRAESTRUCTURA

Luz, empedrado y agua para su loteamiento, con un solo equipo

Proyectamos y ejecutamos la red eléctrica con postes, el empedrado y el agua potable, y administramos el proyecto completo. Usted trata con un solo responsable.

Última actualización: 29 de septiembre de 2026

QUÉ INCLUYE

Cuatro servicios, un solo responsable

Red eléctrica y postes

Proyecto de la red, trámite ante ANDE, postes y tendido para cada lote. Ver el servicio →

Empedrado de calles

Apertura, rasantes, drenaje y empedrado de las calles del loteamiento. Ver el servicio →

Agua potable

Conexión a la red, junta de saneamiento o sistema propio con pozo artesiano y tanque. Ver el servicio →

Administración del proyecto

Dirigimos trámites, obras, costos y cronograma, y le informamos cada etapa. Ver el servicio →

LO QUE DICE LA LEY

Qué obras exige la ley y qué depende de su municipio

El capítulo de loteamientos de la Ley Orgánica Municipal (Ley 3966/10) fija lo mínimo. Una vez que la Junta Municipal aprueba el loteamiento, el propietario tiene 30 días para amojonar cada lote, hacer las obras de drenaje que se hayan exigido, abrir y limpiar las calles, y ajustar las rasantes (art. 246, según la Ley 5346). Las calles deben tener al menos 16 metros de ancho, incluidas las veredas (art. 229), y el municipio determina el trazado (art. 248).

La ley no obliga por sí misma a empedrar, asfaltar ni a instalar red eléctrica o de agua. Eso lo puede pedir la ordenanza de cada municipio, y la conexión a los servicios depende de ANDE, de ESSAP o de SENASA según la zona. Por eso cada proyecto empieza por una consulta: qué exige su municipalidad y qué factibilidad da cada ente.

Una regla que conviene tener presente: no se pueden vender lotes si no se inscribe la resolución definitiva de aprobación (art. 246 f). Planee las obras y el calendario de ventas con eso en mente. Repase también los requisitos de un loteamiento en Paraguay.

CÓMO TRABAJAMOS

De la consulta a la entrega de obras

  1. 1. Consulta previa. Revisamos su título y plano, y consultamos al municipio y a los entes qué exigen para su zona.
  2. 2. Proyecto y presupuesto por rubro. Red eléctrica, empedrado y agua se presupuestan por separado, para que usted vea cuánto cuesta cada parte.
  3. 3. Aprobaciones. Presentamos los proyectos ante ANDE, ESSAP o SENASA, MADES si corresponde, y el municipio.
  4. 4. Obra. Ejecutamos y controlamos los trabajos en el orden que evita romper lo ya hecho, por ejemplo tender redes antes del empedrado.
  5. 5. Recepción. Coordinamos las inspecciones de cada ente y la entrega al municipio.
  6. 6. Administración. Mientras dura el proyecto controlamos costos, plazos y trámites, y usted recibe informes de avance.
CÓMO SE CONTRATA

Usted elige cómo trabajar

Por servicio

Contrata el proyecto y las obras que necesite, con precio acordado por escrito. Usted conserva el 100% de la tierra y de las ventas.

Administración del proyecto

Usted financia las obras y nosotros dirigimos trámites, obras y control por un honorario acordado.

Sociedad

Usted aporta la tierra y nosotros el proyecto y su ejecución, con un reparto de resultados definido en contrato.

Cómo elegir

Depende de si necesita liquidez, si tiene capital para invertir y cuánto quiere involucrarse. Lo conversamos con su caso concreto.

CUÁNTO CUESTA

El costo lo define el terreno, no una tarifa general

No publicamos precios por lote ni por hectárea porque el costo cambia mucho con estos factores: metros de calle, cantidad de lotes, distancia a la red eléctrica y de agua más cercanas, tipo de suelo y topografía, y el nivel de terminación que pida su municipio. Hacemos un presupuesto por rubro después de ver su terreno y su plano.

Si quiere estimar por su cuenta el costo de infraestructura y la viabilidad del proyecto, use la viabilidad económica del loteamiento y los planes de referencia.

ERRORES FRECUENTES

Lo que suele salir caro

Vender lotes antes de tiempo

Sin la resolución definitiva inscripta no se pueden vender lotes (art. 246 f). Empezar a vender antes expone al propietario a problemas legales.

Abrir calles sin consultar el trazado

El trazado lo determina la municipalidad (art. 248). Una calle abierta fuera de lo que apruebe puede haber que rehacerla.

Diseñar la red sin consultar a ANDE

Los materiales y el diseño de la red los aprueba ANDE. Postes o cables que no cumplan su norma se rechazan.

Empedrar y abrir zanjas después

Conviene tender agua y energía antes de empedrar. Romper una calle terminada duplica el gasto.

PREGUNTAS FRECUENTES

Antes de contratar la infraestructura

¿Hacen el proyecto y también las obras?

Sí. Proyectamos y ejecutamos la red eléctrica con postes, el empedrado y el agua potable, y administramos el proyecto completo. Usted puede contratar todo junto o por partes.

¿La ley obliga a empedrar las calles de un loteamiento?

El capítulo de loteamientos de la Ley 3966/10 exige abrir y limpiar las calles, ajustar rasantes y hacer las obras de drenaje que se hayan exigido, pero no fija un tipo de pavimento. Lo que se exige lo define la ordenanza de cada municipio.

¿Cuánto ancho deben tener las calles?

Como mínimo 16 metros, incluidas las veredas, y 32 metros las avenidas (art. 229 de la Ley 3966/10). Los loteamientos junto a rutas deben prever una calle interna paralela.

¿Cuánto tarda la aprobación del loteamiento?

Por ley, la Intendencia tiene 60 días para la aprobación provisoria y la Junta Municipal otros 60 para la definitiva, y si no responden se considera aprobado (art. 245, según la Ley 5346). Después el propietario tiene 30 días para las obligaciones del art. 246. Los plazos de ANDE, ESSAP y MADES son aparte.

¿Necesito estudio de impacto ambiental?

Los loteamientos figuran entre las obras que requieren Declaración de Impacto Ambiental según el Decreto 453/13. Le indicamos qué presentar ante el MADES en su caso. Vea el servicio de estudio de impacto ambiental.

¿Puedo contratar solo una parte, por ejemplo solo el agua?

Sí, cada servicio se presupuesta por separado. Aun así, conviene coordinar los tres para que las obras no se estorben entre sí.

GUÍAS

Para entender el tema a fondo

Obligaciones del propietario tras aprobar un loteamiento

Guía del blog. Leer →

Lotear con socio, por servicio o con administración

Guía del blog. Leer →

Cuánto terreno se cede al municipio al lotear: 5% y 7%

Guía del blog. Leer →

¿Tiene un loteamiento por equipar?

Cuéntenos la ubicación, la superficie y el estado del proyecto y le decimos qué hace falta y por dónde empezar.

Aviso. Contenido informativo. Las normas, plazos y valores citados son referenciales y pueden variar según el municipio y el ente prestador (ANDE, ESSAP, SENASA, MADES). Confirme siempre con el ente o la municipalidad correspondiente. No constituye asesoría legal, tributaria ni de ingeniería, ni promesa de rentabilidad. Fuentes: Ley 3966/10 Orgánica Municipal y sus modificaciones (Leyes 4198/10, 4715/12 y 5346), Decreto 453/13, Resolución General 35/2020 de la SET, norma ANDE N° 01.03.13 Rev. 1 y manual de procedimientos comerciales de ANDE. Consultadas el 29/09/2026.