ADMINISTRACIÓN

Administración de su proyecto de loteamiento en Paraguay

Dirigimos trámites, obras, costos y plazos del proyecto completo, y le informamos cada etapa. Usted elige el modelo de trabajo.

Última actualización: 29 de septiembre de 2026

Dos profesionales revisando planos en una obra
Foto: YellowstoneNPS, dominio público, vía Wikimedia Commons
QUÉ INCLUYE

Usted decide, nosotros dirigimos

Trámites

Municipio, MADES, RUN, ANDE y ESSAP o SENASA, con seguimiento de cada expediente.

Dirección de obra

Coordinamos y controlamos la red eléctrica, el empedrado y el agua para que se hagan en el orden correcto.

Control de costos y plazos

Presupuesto por rubro, control de gastos y cronograma, con informes de avance para usted.

Cumplimiento de las obligaciones legales

Las obligaciones que la ley pone sobre el propietario después de la aprobación, ejecutadas y controladas en su nombre.

MODELOS

Formas de trabajar

Por servicio

Contrata partes del proyecto con precio acordado. Usted conserva el 100% de la tierra y de las ventas.

Administración

Usted financia. Nosotros dirigimos trámites, obras y control por un honorario acordado por escrito.

Sociedad

Usted aporta la tierra y nosotros el proyecto y su ejecución. El reparto de resultados se define en contrato, y conviene revisarlo con su abogado.

Cuál conviene

Si necesita liquidez, si tiene capital, si quiere involucrarse o no. Lo vemos con su situación y con los números.

LO QUE DEBE CONTROLAR EL PROPIETARIO

Puntos de la ley que no se delegan

  • Título limpio. No se aprueba un loteamiento con embargo o litigio, y si hay hipoteca se necesita la conformidad del acreedor (art. 241 de la Ley 3966/10).
  • Inscripción antes de vender. No se pueden vender lotes sin inscribir la resolución definitiva de aprobación (art. 246 f).
  • Ventas a plazo. Hay que inscribir la resolución como nota marginal y el contrato tipo en los Registros Públicos (art. 250). Inscriptos los contratos, el inmueble queda indisponible: no se puede vender, arrendar ni gravar (art. 253).
  • Derechos del comprador. Puede exigir la escritura al pagar el 25% del precio (art. 255).

Le explicamos cada punto y lo cumplimos en su nombre, pero la responsabilidad legal es del propietario. Una revisión con su abogado antes de firmar es una buena práctica.

CUÁNTO CUESTA

Cómo se cobra

La forma de cobro depende del modelo que elija y se acuerda por escrito antes de empezar. No publicamos porcentajes ni honorarios generales porque cambian con el tamaño del proyecto y con lo que usted quiera delegar. Pídanos una propuesta con su caso.

PREGUNTAS FRECUENTES

Antes de delegar la administración

¿Qué incluye la administración del proyecto?

Gestión de los trámites ante el municipio, el MADES, el RUN y los entes de servicios; dirección y control de las obras de energía, empedrado y agua; control de costos y plazos; e informes de avance al propietario.

¿Cómo se cobra la administración?

Se acuerda por escrito antes de empezar, según el modelo elegido: precio por servicio, honorario de administración o sociedad. No hay un porcentaje único, porque depende del tamaño y del alcance.

¿Quién responde ante el municipio?

La ley pone las obligaciones del art. 246 sobre el propietario. Nosotros las ejecutamos y controlamos en su nombre, y usted firma lo que corresponda.

¿Qué pasa con las ventas a plazo de los lotes?

La ley pide inscribir la resolución de aprobación y el contrato tipo en los Registros Públicos y cada contrato en el catastro municipal (art. 250). Podemos orientarlo con la documentación, y le recomendamos que su abogado revise el contrato.

¿Qué impuestos se retienen si una empresa vende mis lotes?

Según la Resolución General 35/2020 de la SET, a una persona física residente se le retiene el 8% sobre el 30% de cada cuota cobrada, un 2,4% efectivo, como pago único y definitivo. Las empresas residentes tienen una retención del 2,4% a cuenta del IRE. Verifique con su contador si esa norma sigue vigente y cómo aplica a su caso.

¿Puedo ver cómo avanza el proyecto?

Sí. Usted recibe informes de avance con los trámites presentados, las obras ejecutadas y los gastos.

MÁS SERVICIOS

Lo que administramos

GUÍAS

Para entender el tema a fondo

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¿Quiere delegar el proyecto completo?

Cuéntenos su terreno y cómo prefiere trabajar, y le hacemos una propuesta por escrito.

Aviso. Contenido informativo. Las normas, plazos y valores citados son referenciales y pueden variar según el municipio y el ente prestador (ANDE, ESSAP, SENASA, MADES). Confirme siempre con el ente o la municipalidad correspondiente. No constituye asesoría legal, tributaria ni de ingeniería, ni promesa de rentabilidad. Fuentes: Ley 3966/10 Orgánica Municipal y sus modificaciones (Leyes 4198/10, 4715/12 y 5346), Decreto 453/13, Resolución General 35/2020 de la SET, norma ANDE N° 01.03.13 Rev. 1 y manual de procedimientos comerciales de ANDE. Consultadas el 29/09/2026.